Abogada de Nulidad Matrimonial en Barcelona

Asesoramiento y dirección letrada en procedimientos de nulidad matrimonial eclesiástica ante los Tribunales Eclesiásticos.

Mar Berenguer – Abogada ICAB n.º 32.789
Inscrita en el Elenco de Abogados del Tribunal Eclesiástico de Barcelona, n.º 2343.

Si está valorando solicitar la nulidad de su matrimonio celebrado por la Iglesia, el primer paso es estudiar si en el momento de contraer matrimonio existía alguna circunstancia que pudiera haber afectado a su validez.

La nulidad matrimonial no es lo mismo que el divorcio. No se trata de poner fin a un matrimonio válido, sino de determinar si existía desde el momento de su celebración alguna de las causas de nulidad previstas por el Derecho Canónico.

Desde nuestro despacho en Barcelona realizamos el estudio previo del caso y la dirección letrada del procedimiento de nulidad matrimonial ante el Tribunal Eclesiástico competente.

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¿Cómo saber si mi matrimonio puede ser nulo?

Cada caso debe estudiarse individualmente.

Para valorar una posible nulidad matrimonial resulta fundamental analizar qué circunstancias existían antes y en el momento de contraer matrimonio, aunque determinados hechos posteriores también pueden ayudar a conocer cuál era entonces la situación.

Entre otras cuestiones, pueden resultar relevantes:

  • las circunstancias personales de los cónyuges antes del matrimonio;
  • el desarrollo del noviazgo;
  • las circunstancias y motivos que llevaron a contraer matrimonio;
  • la voluntad y expectativas de cada uno respecto al matrimonio;
  • la capacidad para comprender y asumir sus obligaciones esenciales;
  • las circunstancias en las que se prestó el consentimiento;
  • los problemas surgidos durante la convivencia;
  • las circunstancias de la ruptura;
  • la documentación disponible;
  • y los posibles testigos y demás medios de prueba.

El estudio previo permite valorar si puede existir una causa de nulidad matrimonial y las posibilidades de acreditarla en el procedimiento.


Principales causas de nulidad matrimonial

El Derecho Canónico contempla diferentes circunstancias que pueden afectar a la validez del matrimonio.

Entre ellas se encuentran:

Grave defecto de discreción de juicio

Cuando alguno de los contrayentes carecía gravemente de la capacidad necesaria para valorar adecuadamente los derechos y deberes esenciales del matrimonio.

Incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio

Determinadas causas de naturaleza psíquica pueden impedir que una persona sea capaz de asumir las obligaciones esenciales propias del matrimonio.

Falta de suficiente uso de razón

Puede afectar a la validez cuando alguno de los contrayentes carecía del suficiente uso de razón necesario para prestar válidamente el consentimiento matrimonial.

Error o engaño

Determinados errores relevantes o engaños provocados para obtener el consentimiento pueden afectar a la validez del matrimonio.

Simulación o exclusión

Puede existir cuando externamente se presta consentimiento, pero uno de los contrayentes excluye internamente el propio matrimonio o alguno de sus elementos o propiedades esenciales.

Violencia o miedo grave

El consentimiento matrimonial debe prestarse libremente. Determinadas situaciones de violencia o miedo grave pueden afectar a su validez.

Existen además otros impedimentos y causas contemplados por el Derecho Canónico, por lo que la viabilidad de una nulidad matrimonial debe analizarse siempre atendiendo a las circunstancias concretas de cada caso.


¿Una infidelidad puede ser causa de nulidad matrimonial?

Una infidelidad no constituye por sí sola una causa automática de nulidad.

Sin embargo, dependiendo de las circunstancias, determinados comportamientos anteriores o posteriores al matrimonio pueden ser relevantes para determinar cuál era la verdadera voluntad o capacidad de uno de los cónyuges cuando prestó el consentimiento matrimonial.

Por ello, debe analizarse el conjunto de circunstancias y no únicamente un hecho aislado.


¿Qué diferencia hay entre nulidad matrimonial y divorcio?

El divorcio pone fin civilmente a un matrimonio válido.

La nulidad matrimonial eclesiástica, en cambio, tiene por objeto que el Tribunal Eclesiástico determine si el matrimonio fue inválido desde su celebración por concurrir alguna causa que afectara al consentimiento o a su válida constitución.

Por esta razón, haber obtenido previamente el divorcio civil no impide solicitar posteriormente la nulidad del matrimonio religioso si existen motivos para ello.


¿Cómo se tramita una nulidad matrimonial?

El procedimiento se tramita ante el Tribunal Eclesiástico competente.

Tras realizar el estudio previo del asunto, se prepara la demanda de nulidad exponiendo los hechos, la causa o causas que se consideran concurrentes y los medios de prueba propuestos.

Dependiendo de las circunstancias del caso, durante el procedimiento pueden practicarse:

  • declaración de las partes;
  • prueba testifical;
  • documentación;
  • informes;
  • y prueba pericial cuando resulte necesaria.

Finalizada la tramitación, el Tribunal Eclesiástico resolverá mediante sentencia si considera acreditada o no la nulidad del matrimonio.


¿Cuánto tarda una nulidad matrimonial?

La duración depende del Tribunal competente, de la complejidad del asunto, de las causas planteadas y de las pruebas que deban practicarse.

No existe, por tanto, un plazo idéntico para todos los procedimientos.

Una vez estudiado el caso pueden explicarse las distintas fases y las actuaciones que previsiblemente serán necesarias.


¿Cuánto cuesta un procedimiento de nulidad matrimonial?

El coste dependerá de las circunstancias y complejidad del asunto, de la prueba necesaria y de las actuaciones que deban realizarse.

Antes de iniciar el procedimiento se informa al cliente de los honorarios profesionales y demás costes previsibles, para que conozca previamente el alcance económico de la tramitación.

La primera consulta profesional permite estudiar las circunstancias del matrimonio y realizar una valoración inicial de la posible viabilidad del procedimiento.


¿La nulidad matrimonial afecta a los hijos?

No. La declaración de nulidad matrimonial no afecta a la filiación de los hijos.

Además, deben diferenciarse los efectos del procedimiento eclesiástico de las cuestiones civiles relativas a guarda y custodia, alimentos, vivienda familiar, patrimonio u otras medidas derivadas de una separación o divorcio.


Consulta de nulidad matrimonial en Barcelona

Si considera que en el momento de contraer matrimonio pudieron existir circunstancias que afectaran a su validez, puede solicitar una consulta profesional para estudiar su caso.

En la primera consulta analizaremos los antecedentes del matrimonio, la posible existencia de una causa de nulidad, la documentación y medios de prueba disponibles y la viabilidad inicial del procedimiento.

Mar Berenguer
Abogada y Mediadora – ICAB n.º 32.789
Inscrita en el Elenco de Abogados del Tribunal Eclesiástico de Barcelona, n.º 2343

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